Opinión | Diputaciones pluris, ¿hay que eliminarlas de una vez?

Breve Intervalo

(Columna)

Por Rafael Báez

Ciertamente, la ciudadanía ve con mucha simpatía la desaparición de las candidaturas plurinominales en el país, todas; senadores, diputados federales, diputados locales y regidores, por considerarse innecesarias y demasiados costosas para la economía de México en la actualidad.

Desde hace años se ha generalizado esta opinión, pero no ha pasado de ahí, creo que a los partidos políticos no les agrada esta idea, sin embargo, hay declaraciones del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, en el sentido que presentará una reforma electoral en la que plantea eliminar los diputados y senadores plurinominales.

Lo dijo durante una de sus conferencias matutinas, señalando que se requiere de una reforma que garantice la independencia en todas las elecciones y que persevere la democracia. ¿para qué tantos diputados? ¿por qué no nada más se quedan los de mayoría y se quitan los 200 plurinominales? Pero esto no solo en la Cámara de Diputados, también en la Cámara de Senadores”. Con dicha reforma, el mandatario plantea la eliminación de las 200 curules en la Cámara de Diputados y 32 senadores de representación plurinominal, situación que se buscaba desde el sexenio pasado, pero también regular el gasto público de los partidos políticos.

Si esto se hiciera realidad, la Cámara de Senadores de un total de 128, se quedaría con 32 menos, para quedar en 96 finalmente; mientras que el Congreso de la Unión, de 500 diputados federales se reducirían a 300.

En ese sentido, AMLO expresó que actualmente se gastan más de 20 mil millones de pesos en partidos políticos, el Instituto Nacional Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, son las elecciones más caras del mundo. “Tenemos que bajar esos costos, necesitamos los recursos para el desarrollo y para el bienestar del pueblo”, señaló.

¿Por qué surgen las candidaturas plurinominales en México y cuándo empezaron?

Este concepto apareció por primera ocasión con motivo de las reformas políticas de diciembre de 1977, en el caso de los diputados, y en agosto de 1996, en el de los senadores.

Hoy en día, la elección de los llamados diputados plurinominales, se da mediante el artículo 52 constitucional con la presentación de listas regionales, o sea, cada partido político presenta una lista de 40 candidatos y así obtiene tantas posiciones de representación proporcional de acuerdo al porcentaje de votación. Dicho en otras palabras, no hacen campaña, los partidos políticos se las asignan a personas que ni siquiera se despeinan y lo peor del caso es que son los más beneficiados en las posiciones más importantes y comisiones en ambas cámaras. En los congresos de los estados en el país sucede exactamente lo mismo, igual que las regidurías plurinominales en los ayuntamientos.

De esta manera se determinó las entidades federativas que integran las cinco circunscripciones plurinominales electorales: En la Primera Circunscripción se encuentran los estados de: Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Durango, Jalisco, Nayarit, Sinaloa y Sonora; con cabecera en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.

Hace años, un consejero del INE, manifestó desde su muy particular punto de vista, que los cargos elegidos por el principio de representación proporcional no son muy populares. Muchas personas piensan que, al ser elegidos por listas presentadas por los partidos, llamados coloquialmente “plurinominales” no representan a los electores porque, se dice, nadie vota por ellos directamente. Los sistemas electorales de mayoría tienen el propósito de dar a los parlamentarios un vínculo de representación más visible con la población de una determinada demarcación territorial (distrito). Pero tienen dos efectos colaterales que suelen distorsionar la representación política: en cada distrito electoral, el que gana se lleva todo, aun cuando la votación puede estar muy dividida; y en el conjunto de distritos se produce una sobrerrepresentación del partido que obtenga mayor votación, ya que casi siempre el porcentaje de escaños obtenidos es más grande que su porcentaje de votación. El sistema mayoritario facilita la formación de mayorías parlamentarias sobrerrepresentadas y excluye a las minorías.

Puede concluirse que el sistema electoral mayoritario puro produce un efecto de distribución que distorsiona la representatividad democrática, y que el sistema mixto lo corrige o lo modera.

¿Cuáles son las funciones de la Cámara de Senadores?

La cámara alta como también es conocida, está integrada por 128 legisladores que ocupan un escaño durante seis años. Está conformado por: 64 senadores electos de manera directa, es decir, dos por cada estado.  32 por primera minoría, uno por cada entidad. 32 por representación proporcional.  El Senado tiene las facultades exclusivas de analizar la política exterior del Presidente y aprobar los tratados internacionales. Además, funciona como jurado de sentencia en los juicios políticos, por falta u omisiones de servidores públicos, así como la ratificación o designación del titular de la Fiscalía General de la República. También, los senadores tienen la facultad de autorizar los movimientos de las fuerzas armadas, ya sea en territorio nacional o internacional.

¿Cuáles son las funciones de la Cámara de Diputados Federales?

La Cámara de Diputados tiene como función principal participar en la elaboración de las leyes junto al Senado y al Presidente de la República y como función exclusiva la de fiscalizar los actos del gobierno, es decir, emitir un juicio de valor de un determinado acto de Gobierno e iniciar acusaciones constitucionales, entre otros.

Finalmente, se comenta que las candidaturas plurinominales ya cumplieron su ciclo para lo que fueron creadas, prácticamente son obsoletas y no tienen razón de ser. En realidad ¿Se aventará este tiro López Obrador? No hay de otra, hay que darle el beneficio de la duda.

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