Llamado a anular voto no es la solución

rafaBreve Intervalo

Rafael Báez

Se está realizando una extensa campaña a través de las redes sociales invitando a la ciudadanía a que el día de la elección para diputados federales (domingo 7 de junio) anulen su voto como señal de protesta y repudio al actual gobierno que encabeza el presidente de la república Enrique Peña Nieto. Es cierto, hay que reconocerlo, existe una crisis política sin precedentes, pero no es de esta manera como se va a resolver, al contrario, se tiene que ir a votar porque es un deber  cívico, hay que ejercer el sufragio pero con mucho razonamiento, vote por quien usted quiera pero hágalo. No nos dejemos engañar por falsos redentores porque su verdadera intención es lograr la desestabilización del país. Tenemos que aceptar que nosotros escogimos a nuestros gobernantes y si estos no han logrado las expectativas que teníamos depositadas en ellos pues no hay que darse por vencidos, hay que seguir adelante, porque lo que menos deseamos es que México se convierta en una réplica de Venezuela.

No es cierto que una elección pueda ser nulificada dependiendo de la cantidad de votos anulados ni tampoco por el abstencionismo. La ley es muy clara al respecto; señala que en materia electoral la interposición de los medios de impugnación, constitucionales o legales no producirá efectos suspensivos sobre la resolución o el acto impugnado. Que solo establecerá el sistema de nulidad por violaciones graves, dolosas y determinantes en los siguientes casos: Que se exceda el gasto de campaña en un cinco por ciento del monto total autorizado; Que se compre o adquiera cobertura informativa o tiempos en radio y televisión fuera de los supuestos previstos por la ley y/o se reciban o utilicen recursos de procedencia ilícita o recursos en las campañas, que por supuesto cualquiera de estos tres elementos tendrán que ser acreditados ante los órganos electorales.

Por supuesto que sí se puede anular una elección, pero solo por las causas anteriormente descritas. Las nulidades podrán afectar la votación  emitida en una o varias casillas y en consecuencia los resultados del cómputo de la elección impugnada o la elección en un distrito electoral uninominal para la fórmula de diputados de mayoría relativa, se contrae exclusivamente  a la votación o elección para lo que expresamente se haya hecho valer el juicio de inconformidad. Pero es sumamente importante cuando se detecten el día de la elección irregularidades graves, plenamente acreditadas y no reparables o en las actas de escrutinio o cómputo que en forma evidente pongan en duda la certeza de la votación y sean determinantes para el resultado de la misma, como también cuando se acredite la no instalación en un distrito de cuando menos el 20 por ciento o más de las casillas en el distrito que se trate, entre otras causas señaladas por la ley. Estos serían los motivos para declarar la nulidad de la elección para diputados federales, pero no porque el ciudadano anule de manera voluntaria su voto.

El enfoque tiene el propósito de orientar a la ciudadanía sobre la necesidad de que deberá ser la participación a través del voto  la única vía para que nuestro país logre avances en materia económica, política y social, de ahí el exhorto, es decir, sin importar colores y para ello se hace necesario conocer realmente las intenciones y los intereses de los candidatos, es por ello, que no debemos interrumpirnos un derecho constitucional que tenemos los mexicanos, ésta circunstancia representa una diferencia sustancial a dejar que otros decidan por nosotros, que es lo que ocurre regularmente con el voto nulo…

Por otro lado, la falta de participación en las urnas, beneficia a aquellos candidatos y partidos que tengan  voto cautivo o corporativo. A manera de reflexión.

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