Gana amparo esposa de Ovidio Guzmán contra bloqueo de cuentas bancarias

Redacción

Culiacán, Sin.- Un juez federal otorgó por segunda vez un amparo a Adriana Meza Torres, esposa de Ovidio Guzmán López, “El Ratón”, luego de siete años de permanecer en la lista de personas bloqueadas por la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

De acuerdo con el expediente 313 radicado en el Juzgado Tercero de Distrito de Culiacán, en agosto de 2015, luego de la fuga de Joaquín Guzmán Loera, “El Chapo”, la UIF emitió el Acuerdo 52/2015 para incluir a Meza Torres, desde entonces pareja de Ovidio, en la lista de personas bloqueadas, pero la defensa legal de la joven comenzó a interponer recursos de amparo.

Los argumentos de la Unidad para congelarla fue que Adriana es identificada como pareja del hijo del “Chapo” Guzmán. La joven es hija de Raúl Meza Ontiveros, “El M-6”, un lugarteniente del Cártel de Sinaloa que fue asesinado en 2007 en el residencial Monte Bello de la capital sinaloense.

“El M-6” era considerado mano derecha de Javier Torres Félix, su cuñado, y ambos trabajaban para Ismael Zambada García, “El Mayo”. Uno de sus hijos, Raúl Meza Torres, “El Mini-6” fue asesinado en Zapopan, Jalisco, en 2010.

Tras el congelamiento de sus cuentas en 2015, un juez federal le dio un amparo dos años después y en 2018, un tribunal colegiado de Sinaloa confirmó la protección de la justicia federal, pero la UIF se negó a liberar el recurso depositado en sus cuentas.

Ya con Santiago Meza al frente de la UIF, en 2020 los abogados de Meza Torres volvieron a solicitar un nuevo amparo debido a la negativa de la Unidad de Hacienda.

La UIF indicó que el perfil financiero de la joven presenta inconsistencias, lo que genera presunción de que los recursos que aparecen en sus cuentas no son obtenidos de manera lícita.

En su defensa, Adriana Meza aseguró que se dedica a la agricultura, pero la Unidad advirtió que “posiblemente esté realizando actividades simuladas para dar apariencia de licitud a ciertos probables recursos de procedencia ilícita.”

“Causó alta en el Registro Federal de Contribuyentes, pero no ha declarado empleo o actividad remunerada que justifique el flujo de dinero que refiere en el escrito que presentó ante la autoridad el 19 de febrero de 2016”, se lee.

La UIF señaló que tampoco presentó declaraciones fiscales ni pagó obligaciones fiscales de sus ingresos obtenidos por ser agricultora.

“Lo que constituye un indicio sobre la existencia de actividades ilícitas y que en realidad intenta ocultar la identidad del verdadero dueño del negocio de producción de maíz, realizada en forma sucesiva para introducir recursos de probable origen ilícito al sistema financiero, para lograr dotarles de apariencia lícita, ya que en poco tiempo ha consolidado un negocio en el rubro agrícola, lo que resulta poco creíble según las estadísticas de nuestro país”, apunta el archivo consultado.

Por último, la Unidad advirtió que los viajes al extranjero que realizó los pagó todos en efectivo “y esa modalidad es utilizada recurrentemente por personas que, en ocasiones, pretenden no ser detectadas por autoridades”.

De ahí, que la UIF alegó que no puede retirar de su lista a Meza Torres, en virtud de que existe una relación con el círculo familiar de “El Chapo”, lo que constituye causa suficiente para considerar que los recursos tienen su etiología en actividades ilícitas.

PERO GANA EL AMPARO DEFINITIVO

Sin embargo, ya van dos veces que gana un amparo. La última fue apenas en mayo pasado, cuando se le confirmó que la UIF incurrió en la violación del artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, al no acreditar la existencia de una solicitud expresa por parte de una autoridad extranjera u organismo internacional que tenga atribuciones en la materia.

Además, el juez cuarto de Distrito de Culiacán advirtió que Meza Torres no está incluida en la lista de la OFAC.

“Por tanto, es evidente que la emisión del acto reclamado sí transgrede en perjuicio de ésta su esfera jurídica de derechos, pues el actuar de la Unidad de Inteligencia Financiera dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, es violatorio del derecho fundamental de legalidad y seguridad jurídica, previsto por el artículo 16 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.”

De esta manera, el juez solicitó dejar insubsistente el acuerdo 52/2015, por lo que procedió a amparar a Adriana Meza, así como a sobreseer el caso una vez que se emitió el fallo.

Recurrida esta resolución, el pasado 14 de octubre el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de Mazatlán confirmó la sentencia a favor, por lo que la UIF tendrá que destrabar las cuentas de la joven pareja del hijo del Chapo.

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