Culiacán, Sin.-El Pleno del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó de forma unánime reformas al Código Penal y Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para elevar hasta sesenta años de prisión a la persona que cometa feminicidio.
La Sesenta y Cuatro Legislatura aprobó reformas para reestructurar el modelo de tipo penal de feminicidio, a fin de incorporar elementos claros y objetivos, que respondan a los contextos actuales de violencia de género.
Con estas reformas Sinaloa abona a la construcción de los cimientos de una política integral de acceso a la justicia con perspectiva de género, toda vez que considera los siguientes aspectos:
• Incrementa las penas en el delito de lesiones del Código Penal local, cuando sean causadas en la víctima utilizando cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamante, álcalis, ácidos y sustancias similares, incluyendo las que necesiten de otro agente para reaccionar y una agravante cuando la víctima sea mujer.
• Establece la figura de la destitución en el servicio público dentro del catálogo de penas.
• Adiciona un apartado en el que se incluye para la procedencia del delito a todas las mujeres en su diversidad y etapas de vida; que conforme al Código Familiar han realizado el trámite para identificarse como mujeres.
• Adiciona diversas razones de género.
• Incrementa las sanciones al tipo básico de feminicidio.
• Establece circunstancias agravantes a fin de que el agresor sea castigado con mayor severidad.
• Adiciona al Código Penal local el delito de Inducción o Ayuda al Suicidio Feminicida;
• Incorporar nuevos elementos a las definiciones de violencia física y violencia feminicida de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Sinaloa.