El revés de la SCJN al PRI de Chuquiqui en el Congreso

“Si quieren más dinero consigan votos”, soltó de manera airada la diputada Sandra Lara Díaz cuando se discutía la ley, en respuesta a la queja de la perredista Imelda Castro Castro, que señalaba en tribuna que el PRI iba por el agandalle de recursos al repartirse 80 por ciento de los recursos. La SCJN ya dictaminó que el PRI estaba equivocado.

Martín Durán

Culiacán, Sin.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación propinó un revés a la imposición priista en el Congreso del Estado al invalidar dos artículos de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Sinaloa, y hoy los ministros emiten sentencia sobre dos temas más impugnados por los partidos políticos que se sintieron afectados.

El martes pasado los ministros determinaron que el artículo 65A es anticonstitucional pues establece que el financiamiento a partidos es distribuido en un 20 por ciento de manera equitativa para todos los institutos políticos, y 80 por ciento conforme al número de votos obtenidos en la última elección.

Los ministros determinaron que en la Constitución ya está establecido que la distribución es 30 por ciento de manera equitativa y 70 por ciento conforme al número de votos.

Este punto fue ampliamente discutido en julio pasado cuando la bancada del PRI le negó al resto de los partidos repartir de manera más equitativa los recursos.

Al negarse a ceder al interior de la Junta de Coordinación Político del Congreso del Estado, dirigida por Jesús Enrique Hernández Chávez, Chuquiqui, los partidos de la Revolución Democrática, Partido Sinaloense, Nueva Alianza, Movimiento Ciudadano y Morena interpusieron, cada quien por su parte, una acción de inconstitucionalidad.

El PRD impugnó el tema de la repartición de recursos para que queda 70-30 por ciento, así como el tema de las calumnias entre candidatos durante un proceso electoral.

El PAS además de impugnar la repartición de recursos también puso acción para disminuir el financiamiento global a partidos, bajo el lema de que los institutos políticos deben de gastar menos dineros del presupuesto.

Nueva Alianza impugnó el cómputo de votos en las candidaturas comunes pues eso pone en desventaja a sus candidatos aliancistas a la hora de contar los sufragios.

Movimiento Ciudadano también se fue con ese tema de candidaturas comunes y la repartición de partidos, lo mismo que Morena.

Los ministros determinaron juntar estas impugnaciones en un mismo expediente, para hoy emitir una sentencia definitiva.

Por lo pronto son dos los artículos invalidados de la nueva ley electoral. Además de corregir a 70-20 por ciento, también se resolvió en cuanto al financiamiento privado, que el PRI llamó “autofinanciamiento”.

El pleno de la SCJN invalidó el apartado B del Artículo 65 de la legislación impugnada, por establecer una fuente de financiamiento diversa a las contempladas constitucional y legalmente.

Aquí, el ministro Cossío Díaz explicó que según la Constitución y la Ley General de Partidos Políticos sólo existen dos fuentes de financiamiento de los partidos: el público y el origen privado.

Sin embargo, en el precepto impugnado el Congreso de Sinaloa estableció tres fuentes de financiamiento: público, autofinanciamiento y privado, lo que viola la carta magna y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, resolvió el pleno.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

* Copy This Password *

* Type Or Paste Password Here *

error: Contenido protegido - La Pared Noticias
Share via
Copy link
Powered by Social Snap