Da Diputación Permanente lectura a cinco nuevas iniciativas de reformas y adiciones

Culiacán, Sinaloa.- La Diputación Permanente del Congreso del Estado de Sinaloa dio lectura este martes en su Sesión Ordinaria a cinco nuevas iniciativas que proponen reformas y adiciones diversas a distintas leyes de la entidad, dos de las cuales son relativas al Código Penal.

Las nuevas iniciativas leídas son las siguientes:

*Iniciativa de la diputada Erika Rubí Martínez Rodríguez, de Morena, que propone reformar el artículo 241 Bis E y adicionar los artículos 241 Bis G y 241 Bis H del título “Delitos contra el orden de la familia” del capítulo I Quater, denominado “Violencia Vicaria”, todos del Código Penal para el Estado de Sinaloa, en materia de violencia familiar.

El artículo 241 Bis señala el delito de Violencia Vicaria, que se realiza en contra de la víctima con el objeto de causarle algún daño o afectación a la víctima directa ya sea física, psicológica, emocional.

Con la reforma se añade que también se puede causar daño patrimonial o de cualquier otra índole.

La iniciativa propone que para efectos del párrafo anterior se considera que existe la finalidad de causar daños a la víctima, utilizando como medio a las hijas e hijos de esta, cuando concurra cualquiera de las circunstancias siguiente:

l. Cuando existan antecedentes de violencia familiar contra la víctima o sus hijas o hijos;

II. Cuando sin orden de la autoridad competente se sustraiga de la custodia o guarda de la víctima a sus hijas o hijos.

III. Exista amenaza de la o el agresor hacia la víctima, de no volver a ver a las hijas o hijos de esta, o tener la custodia

de aquellos.

IV. Se evite la convivencia de las o los menores de edad con la víctima.

V. Exista cualquier acto de manipulación que tenga por objeto que las hijas o hijos menores de edad rechacen, generen rencor, antipatía, desagrado o temor contra la víctima.

VI. Se provoque dilación dolosa de los procesos jurídicos existentes con la intención de romper el vínculo filial.

También se propone que a la persona responsable de violencia vicaria se le someterá a tratamiento sicológico o terapéutico especializado para su reinserción, y el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.

De igual manera se propone que la pena establecida, que es de 3 a 8 años de prisión y de 100 a 300 días multa, se incremente hasta en una tercera parte para los siguientes casos:

l. Exista reincidencia por la parte activa.

II. Cuando la violencia se realice en contra de niñas, niños o adolescentes, personas con discapacidad, adultas mayores de sesenta años o embarazadas.

III. Se incurra en daño físico en contra de niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad, adultas mayores de sesenta años, mascotas o bienes de la víctima.

IV. Cuando les suministre a las hijas o hijos o personas allegadas a la víctima, sustancias inmovilizantes o que alteren los sentidos.

V. Cuando en la comisión del delito participen dos o más personas.

Entre otras propuestas.

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