Redacción
Con el voto unánime de los 40 diputados y diputadas, el Congreso del Estado de Sinaloa aprobó tipificar en el Código Penal el delito de crímenes de odio por razones de orientación sexual, preferencia sexual o identidad de género.
En sesión pública extraordinaria, modalidad virtual, el diputado Jesús Ramón Monreal Cázarez, secretario de la Mesa Directiva, leyó el dictamen que elaboró la Comisión de Equidad, Género y Familia. El diputado del PT Fernando Mascareño Duarte propuso la dispensa de la segunda lectura del dictamen por lo que procedió la discusión y votación correspondiente.
A favor del dictamen hablaron, las diputadas y diputados, Francisca Abelló Jordá, Pedro Alonso Villegas Lobo, Flor Emilia Guerra Mena y Édgar Agusto González Zatarain.
Sobre la aprobación del dictamen, Tiago Ventura, miembro del Comité de la Diversidad del Estado de Sinaloa, manifestó sentirse satisfecho.
“Me siento contento con este trabajo de 5 años, cuando se empezó a elaborar el proyecto de ley, que es un proyecto ciudadano, para todos y todas las familias sinaloenses sin importar cuál sea su preferencia sexual y/o identidad de género”, comentó ante La Pared Noticias.
Por otra parte, recordó que aún quedan pendientes las iniciativas de matrimonio igualitario, identidad de género, prohibición de terapias de conversión, y del Día Estatal de Lucha contra la Homofobia.
En este dictamen aprobado por el Pleno se establece que quien cometa el delito de crimen de odio se le impondrán de veintidós a cincuenta años de prisión, y de treinta a cincuenta y cinco años de prisión, si entre el activo y la víctima existió una relación de matrimonio, concubinato o hecho, de parentesco, laboral docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad.
El Congreso aprobó establecer en el Código Penal un nuevo tipo penal con la finalidad de otorgar protección a las personas que son discriminadas por su orientación sexual, específicamente a la población LGBTTTIQ (Lesbianas, gay, bisexuales, transgénero, travesti, transexuales, intersexuales y queer).
El bien jurídico que se busca proteger es la vida. La protección a la igualdad jurídica busca establecer en el orden social que todas las personas cuenten con las mismas libertades y derechos que reconoce, protege y garantiza el Estado Mexicano.
Por ello, la población LGBTTTIQ que se encuentra en el Estado tiene la facultad de gozar y ejercer, sin distinción alguna, de todos los derechos y garantías que reconoce la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El derecho a la igualdad y no discriminación es un derecho llave que permite acceder plenamente al ejercicio de los demás derechos humanos.
En México, incluyendo Sinaloa las personas LGBTI enfrentan una discriminación estructural, que se ve agravada por la intersección de otras condiciones de vulnerabilidad.
De acuerdo con el dictamen aprobado por el Pleno, comete el delito de crimen de odio, quien, por razones de orientación sexual, preferencia sexual o identidad de género, prive de la vida a una persona.
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